Desde nuestra perspectiva, el
campo de la Educación para Personas Jóvenes y Adultas (EPJA) tiene en el Perú cinco
grupos definidos donde se debe concretizar el derecho a la educación: (a)
Personas en situación de analfabetismo; (b)
Personas con Educación Primaria incompleta; (c) Personas sólo con
Educación Primaria completa; (d) Personas con Educación Secundaria incompleta; y
(e) Jóvenes y adultos que demandan formación permanente. Operativamente, estos
grupos deberían ser atendidos por la Educación Básica Alternativa (EBA).
Como sabemos, el pasado 21 de
mayo se firmó la Declaración de Incheón. Educación 2030: Hacia una educación inclusiva
de calidad y equitativa y el aprendizaje permanente para todos y todas.
El Perú fue uno de los 155 países que avaló oficialmente este documento, que
tiene 20 compromisos formales, como continuidad a lo que se estableció en
Jomtiem (1990) y en Dakar (2000).
¿Cuáles los compromisos
específicos de Incheón (Corea) en referencia a la EPJA-EBA?
ENFOQUE GENERAL
Podríamos aseverar que la
“Declaración de Incheón” asume un cambio sustantivo frente a otras que le han
antecedido. Explícitamente reconoce a la educación
como un derecho concretizado en una educación pública con calidad, equidad e inclusión, con amplia cobertura, para
la formación integral y garantía de ser gratuita.
Este enfoque general de Incheón también vale para la Educación
para Personas Jóvenes y Adultas (EPJA). Es decir, en Incheón, el Perú se
comprometió a reconocer también a los Jóvenes y Adultos como sujetos del
derecho a la educación (exigible, irrenunciable e indivisible a otros); y esta
educación debería ser pública, con calidad, equidad e inclusión.
Aún más, en el mismo título de la Declaración, se afirmó que el
derecho al aprendizaje debería ser “permanente para todas y todos”.
En los Compromiso Nº 5 y 10, Incheón acordó: “Centraremos nuestros
esfuerzos en el acceso, la equidad y la inclusión, la calidad y los resultados
de aprendizaje, dentro de un enfoque de aprendizaje permanente”… Nos
comprometemos a promover la calidad de las oportunidades de aprendizaje
permanente para todas y todos”.(1).
En el espíritu y letra de esta Declaración internacional, se
postula de manera reiterada el enfoque de educación para toda la vida, sin
desigualdad de género, edad y ninguna otra manifestación de inequidad.
1.
ANALFABETISMO
- “… nos comprometemos a garantizar que todos los y las jóvenes y personas adultas… logren relevantes y reconocidos niveles de alfabetización…” (Incheón, Compromiso Nº 10).
- El Gobierno de Alan García proclamó al Perú como “territorio libre del analfabetismo”, como aplicación del Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización (PRONAMA). Sin embargo, al 31-12-2013 teníamos 1’413,166 peruanas y peruanos de 14 y más años en situación de analfabetismo (2).
- El Gobierno de Ollanta suprimió el PRONAMA, pero no dio alternativa. Aún más, mecánicamente estableció una cierta equivalencia entre alfabetización y educación primaria, sin considerar la peculiaridad de los adultos analfabetos. De manera focalizada y sin estrategia definida, se ha trabajado en alfabetización los años 2013-2015.
- El Compromiso de Incheón debe ser motivo para retomar la alfabetización en el Perú, de manera sistemática.
2.
EDUCACIÓN BÁSICA INCOMPLETA
- “Provisión de 12 años de educación primaria y secundaria… de los cuales al menos 9 años serán obligatorios” (Incheón, Compromiso 6)
- Si la educación debemos asumirla como un derecho humano, ella es exigible, irrenunciable e inseparable a otros derechos; pero ¿hasta qué nivel? Según Incheón, en el Perú, deberíamos prever los 6 años de Primaria y otros 6 años de Secundaria. Y de manera obligatoria, se debería garantizar llegar –por lo menos- hasta el tercer año de Educación Secundaria.
- Desde un punto de vista legal, estamos bien. El Artículo 17 de nuestra Constitución establece la obligatoriedad de la Educación Básica y el Artículo 12 de la Ley General de Educación del Perú, en su artículo 2, norma la “universalización de la educación básica” (incluye Educación Inicial, Primaria y Secundaria completas).
- Asumiendo la edad normativa de Educación Primaria, existe una “tasa bruta” de 98.7% de asistencia a este nivel en la población de 6 a 11 años de edad; sin embargo, la “tasa neta” es de 90.5%, según INEI-ENAHO 2013 (3). En el caso de Educación Secundaria –según la misma fuente- tenemos una “tasa bruta” de asistencia escolar de la población de 12-16 años de edad; y la tasa neta (referida sólo a Secundaria y en el mismo tramo de edad) llega al 79.9%.
- Podemos decir, que el problema para cumplir este compromiso no está mayormente en la actual matrícula de la población en Educación Primaria y Secundaria. Se encuentra en tres campos: (1) Atención a jóvenes y adolescentes que no pueden seguir la EBR; (2) La eficiencia interna en Primaria y Secundaria; y fundamentalmente (3) En la atención a jóvenes y adultos con Educación Básica incompleta.
- Desde hace dos años, se suprimió el Programa de Educación Básica Alternativa para Niños y Adolescentes (PEBANA). Miles de Niños y Niñas que no pueden estudiar de día en Educación Básica Regular (EBR) se ven vulnerados en su derecho a la educación (4). El MINEDU hace caso omiso a las advertencias que muchos hemos hecho. Debe darse una pronta solución a este grave problema, sin esperar al año 2030.
- Importa mantener y mejorar los actuales índices de eficiencia interna en educación primaria y secundaria. Para el año 2013, la tasa de retiro llegó al 1.7% en Educación Primaria; y 3.6% en Educación Secundaria, según fuente del MINEDU – Unidad de Estadística Educativa (5).
- El problema central para concretizar este compromiso se encuentra en dar atención prioritaria a los jóvenes y adultos que no han culminado la Educación Básica. Ellos –en el Perú- son potencial demanda no atendida de la Educación Básica Alternativa. Los Centros de Educación Básica Alternativa solamente tienen unos 204,467 matriculados (2014), mientras la demanda supera los 10 millones de peruanos y peruanas. En el sector público, los matriculados solamente llegan a 121,654.
- Es urgente concretizar su derecho a la educación: (1) a 1’413,166 peruanas y peruanos de 14 y más años en situación de analfabetismo; (2) a 2’160,155 peruanas y peruanos de 14 y más años con Educación Primaria incompleta; (3) a 3’465,206 peruanas y peruanos de 14 y más años sólo con Educación Primaria completa; y (4) a 2’986,823 peruanas y peruanas de 18 y más años con Educación Secundaria incompleta (6).
- La atención a los 10’025,350 peruanas y peruanas ciertamente requieren medidas urgentes e inmediatas, comenzando con otorgar mayor presupuesto para la EBA, sin esperar el año 2030.
EDUCACIÓN
PARA TODA LA VIDA
- Como se ha dicho, Incheón proclama la tesis de una educación para toda la vida. Pero esto demanda, un replanteamiento profundo de las formas cómo se concretiza el derecho a la educación que ni el mismo Incheón. Una lectura atenta de la Declaración que estamos comentando nos lleva a la conclusión que ella se refiere al sistema educativo escolarizado. Nada se dice de los aprendizajes no escolarizados, comunitarios o que devienen de los contextos mediáticos o del (ab)uso de la mercantilización de juegos y juguetes que deforman para la violencia.
- En el Perú, la Ley General de Educación nos dice: “La educación es un proceso de aprendizaje y enseñanza que se desarrolla a lo largo de toda la vida y que contribuye a la formación integral…” (Ley Nº 28º44, Art. Nº 2).
- También en el Perú, el Objetivo Estratégico Nº 6 del Proyecto Educativo Nacional nos habla de una “Sociedad educadora”.
- A pesar de lo que se dice en el Artículo 2 de la LGE y del OE 6 del PEN, nada se ha concretizado en materia de plasmar el enfoque de educación permanente.
- Para cumplir el Compromiso de Incheón –en referencia a educación para toda la vida- debemos operativizar el Artículo Nº 2 de la LGE y también el Objetivo Estratégico Nº 6 del PEN.
___________________
(1)
En las citas, usaremos
momentáneamente una traducción no oficial de la Declaración de Incheón.
(2)
Datos del
autor, tomando como base la información
del RUPIN-RENIEC, al 31-12-2013.
(3)
La tasa bruta
de asistencia escolar de la población de 6-11 años de edad, es la proporción de
población de 6 a 11 años que asiste a
algún grado de educación escolar. La “tasa neta” se refiere a la proporción que
estudia solamente en educación primaria.
(4)
Hay múltiples
razones: Niños que trabajan y no pueden estudiar de día (ahora tampoco lo
pueden hacer de noche en los CEBA); hay adolescentes que salen embarazadas y ya
no pueden ni quieren ir al turno de día; y hay un 24.8% de quienes niños y
adolescentes que dejan de estudiar porque sacaban bajas notas y ya no les
interesa el estudio. Este último dato corresponde al INEI-ENAHO 2013.
(5) Usamos la
categoría “retiro” y no “deserción”
escolar, como algunos dicen. Nuestros Niños/as no ser “desertores”, sino
expulsados por el sistema vigente.
(6) Datos del autor, tomando como base la información del RUPIN-RENIEC, al
31-12-2013. Las cifras que presentamos difieren de la ex – DIGEBA, a pesar que
se usa la misma fuente. La diferencia de alrededor de 3 millones se debe porque los datos del MINEDU olvidan a las personas que tienen “educación
primaria completa” y además consideran con “secundaria incompleta” a personas
desde los 14 años. Nuestro estimado asume la información de secundaria
incompleta, a partir de los 18 años.