Mucho se está hablando de la “Ley de Carrera Pública Magisterial”.
Seguramente con el Paro decretado por el CEN del SUTEP para próximo 14 de junio
y con la huelga indefinida señalada por el CONARE, a partir del 20 de junio,
habrá mayor debate sobre este tema. Aún más, el mismo Ministerio de Educación
aparentemente está preparando reajustes a la nueva Ley de Carrera Pública
Magisterial (nLCPM). Todo esto en un contexto de conflictos en el país y en
fecha cercana al 06 de julio, Día del Maestro y de la Maestra en el Perú.
Pero, creo que importa
preguntarnos: ¿Requerimos de una nueva Ley
de Carrera Pública Magisterial o más bien de una nueva Ley de Desarrollo de los
y las Docentes con calidad y pertinencia? En este último caso, estaríamos
hablando de modificaciones en la docencia de los sectores público y privado,
más allá de que estén nombrados o contratados. Serían modificaciones con
perspectiva estratégica: cambios en la educación y en la sociedad; de lo
contrario, seguiremos postulando regulaciones limitadas y tautológicas en el
magisterio peruano.
CAMBIOS EN EL ENFOQUE DE DOCENCIA
1.
Hay dos supuestos que importa recordar: (a) Necesitamos construir una nueva
sociedad y para esa “Gran transformación” requerimos varios prerrequisitos; uno
de ellos es una “Renovada Educación”, la famosa “revolución educativa”; y (b)
Hacer la “Gran transformación” sectorial demanda también múltiples cambios y
uno de ellos, ciertamente es el cambio en la docencia (Ver Gráfico).
2.
Operativizar los dos supuestos anteriores implica dar una teleología o
finalidad a toda política magisterial. Es decir, no postular cambios
tautológicos u “ombliguistas”; sino transformaciones en el conjunto de rasgos
de la docencia o mejor de los docentes, pensando en la transformación de la
educación, amarrada a un nuevo tipo de sociedad. Desde el ejercicio del poder,
las decisiones políticas que se tomen deberían asumir este enfoque.
Por ejemplo, si buscamos un país
con peruanos y peruanas que tengan competitividad productiva, afirmación
cultural, ciudadanía, cultura investigativa… ; la educación debe tener
modificaciones sustantivas para tener estos logros. Aún más, todo ello requiere
de múltiples cambios, siendo uno de ellos el de tener un Estado, una sociedad,
así como maestros y maestras que consideren a la docencia como fin y como medio
del desarrollo humano, propio y de los demás.
3.
Para el “Proyecto Educativo Nacional al 2021” (PEN), el desarrollo humano
debería entendérsele como un “proceso de
expansión de las capacidades y derechos de las personas en un marco de igualdad
de oportunidades, en el cual todos pueden progresar en libertad y en el cual
cada uno debe avanzar al mismo tiempo que progresan todos” (PEN, p. 22). Dentro
de este marco: “En cuanto fuente de
realización de las personas, la educación es en sí misma un FIN en todo proceso
de desarrollo humano y no puede ser postergada por otros fines. Pero en cuanto
generadora de ciudadanos capaces y eficientes imbuidos de una conciencia
cívica, prestos al aprendizaje permanente y dotados de iniciativa y espíritu
emprendedor, la educación es también un MEDIO para el desarrollo” (PEN, p.
28. Destaques nuestros). La educación, entonces, deberíamos asumirla –de manera sincrónica- como
fin y como medio para el desarrollo humano.
4.
Con la misma perspectiva, deberíamos decir que la docencia es al mismo
tiempo fin y medio del desarrollo humano y esto debería constituirse en un
parámetro para el ejercicio del poder, al tomarse decisiones sobre políticas magisteriales,
para todos y cada uno de los docentes de nuestro país. Es decir –dentro de un marco de país- todos
los maestros y maestras debería asumir que hacen ejercicio de la docencia como
fin y como medio, más allá que laboren en el sector público y/o privado. Solamente así, se garantiza un
desarrollo integral de los maestros y maestras.
La Sociedad, el Estado y los
mismos Docentes deberían actuar considerando su docencia como fin y como medio,
con una teleología: concretizar una nueva educación y sociedad.
5.
El encarar la docencia solamente como fin
nos lleva a posiciones de cierto idealismo y al mismo tiempo a justificar
la docencia “per se”; sin encarar su razón de ser dentro de la sociedad. En
este marco, se postularán los “derechos de los sujetos que enseñan”, al margen
o en contradicción de los “derechos de los sujetos que aprenden”.
6.
El encarar la docencia solamente como medio
nos lleva a una suerte de pragmatismo y funcionalismo. Los docentes se les
verá simplemente como mediadores para concretizar los fines que les asigna la
sociedad, sin considerar su condición de sujetos. Siendo así, se postularán los
“derechos de los sujetos que aprenden”, al margen o en contra de los “derechos
de los sujetos que aprenden”
7.
Desde nuestra perspectiva, las políticas magisteriales deberían concretizar
de manera simultánea la docencia como fin y como medio (ver Gráfico).
En el primer caso, se permite que
el trabajador-profesional de la docencia se realice plenamente en su desarrollo
humano (con remuneraciones justas, adecuadas condiciones de trabajo, incentivos
para que el docente esté satisfecho, desarrollo de una imagen positiva de los
docentes, garantía de salud ocupacional, etc.). Los maestros deberían laborar
con gusto, con dignidad y considerando que se realizan al ejercer la docencia.
La docencia como medio se dará en
la toma de conciencia individual y colectiva, así como en la concreción óptima
de los desempeños docentes del rol social que se les ha asignado. Los docentes
deben conocer y asumir el máximo del Saber Objetivo (social e históricamente
producido y acumulado dentro y fuera de cada Pueblo) para poder promover –de manera
óptima- el Saber Subjetivo o aprendizaje
de los estudiantes. Pero –en la medida que la práctica educativa también es
fin y medio- los logros de aprendizaje no deben quedarse dentro de los
educandos; sino convertirse en Saber
Objetivado o soporte de la práctica social, para satisfacer necesidades
humanas y del conjunto social, por ejemplo, formar para los procesos
productivos y laborales, así como para la afirmación cultural. Aún más, importa que los docentes promuevan el
hábito de los estudiantes en producir nuevo Saber Recreado.
8.
Concretizar lo que estamos diciendo, significa ir más allá de una Ley de
Carrera Pública Magisterial o de atención de simples medidas reivindicativas.
LÍMITES DE UNA LEY DE CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL
9.
Una Ley de Carrera Pública Magisterial (LCPM) de plano deja de lado a los
docentes que laboran el Sector Privado. Es decir, de 488,627 (2011) docentes
existentes excluye de manera explícita a unos 153,877 que están en el Sector
Privado, que representan el 32.49% de la población magisterial. O sea, al
legislarse solamente para el sector público (carrera “pública”), cerca de la
tercera parte de los docentes del país quedan de lado, como si la docencia
pueda ser vista sin criterio de país. Ver Cuadro.
10. De manera sutil, la LCPM deja como
“territorio liberado” a los “varones de la educación privada”. Es interesante
anotar esto, puesto que en los últimos años hay un proceso acelerado de
privatización de la educación. Por ejemplo, en el total del “departamento” de
Lima hay 140,673 docentes (2011), pero solamente el 47% laboran en el sector
público y el 53% en el sector privado. En Lima Metropolitana, la privatización es
mayor: el 57% del magisterio ya labora
en el sector privado.
11. Pero, tampoco se crea que la LCPM
llega a todos los docentes que laboran en una institución estatal. No llega a
todos los 334,750 docentes (2011) del sector público. Un requisito básico para
estar en la LCPM es tener nombramiento y tener título pedagógico. Los docentes
estatales que no tienen título pedagógico o están contratados (aunque tengan
título pedagógico) están excluidos de la CPM.
Para este año, estimamos que hay
unos 204,500 mil que todavía están en CPM dentro de la Ley del Profesorado y
unos 53,612 en la nueva LCPM. Tenemos en este año, un aproximado de 258,112
docentes estatales en CPM, o sea, solamente al 77% de los docentes que laboran
en el sector público
Si consideramos el total de la
población magisterial (sector público y privado), la cobertura de la CPM apenas
llega al 53% del magisterio nacional, con tendencia decreciente, por el
desarrollo de la privatización educativa.
RESOLVER NUDOS CRÍTICOS.
12. Para impulsar una propuesta de desarrollo integral
del magisterio -asumiendo la docencia como fin y como medio, así como una
finalidad explícita de coadyuvar al cambio de la educación y de la sociedad- hay necesidad de resolver algunos nudos
críticos que existen en las políticas magisteriales del país. Ver Gráfico.
13. Ante todo, hay que partir de la
constatación de una decreciente demanda por formación magisterial. La
satanización del magisterio, la mirada de los jóvenes sobre la situación de los
docentes cesantes y jubilados, las trabas de ingreso, la aceptación de otros
profesionales –marginales en su carrera- para ejercer la docencia, el sueldo
promedio de un 1,200 nuevos soles, etc. han derivado en que la juventud tenga
poco atractivo por la profesión docente. Y esta situación hay que afrontarla.
14. Por otro lado, importa tomar
decisiones sobre las instituciones de formación magisterial: ¿Solamente
quedarnos con facultades de educación? ¿Dejar algunos Pedagógicos
seleccionados? Me inclinaría con centrar la formación magisterial en Facultades
de Educación “coordinadas” y en seleccionados
Institutos de Educación Superior Pedagógica (IESP), pero con estatus
universitario. En este último caso, si no hay este estatus universitario, los
jóvenes van a tender a no ir a los IESP, porque después tendrán que realizar
estudios de bachillerato y licenciatura, con mayor necesidad de tiempo y de
recursos financieros. Una exigencia básica de estas instituciones es asumir la
docencia como fin y como medio.
15. Un tema de vital importancia es
la formación magisterial inicial. Buscando calidad y pertinencia –docencia como
fin y como medio, con enfoque de país y de siglo XXI- importa: afinar los
currículos de formación magisterial, atender la formación de los profesores de
formación magisterial, así como establecer y derivar los recursos necesarios.
16. Para garantizar un trabajo y
desempeños docentes de calidad y pertinencia, tanto en el sector público y
privado, tendrá que encararse el tema de la regulación de las condiciones de
trabajo, así como la de formación en servicio y acompañamiento. En este campo,
hay importantes avances en la Ley del Profesorado, en la nueva LCPM, en la
propuesta del Colegio de Profesores del Perú ante el Congreso de la República
2006-2007 y en la alternativa de Ley que ha puesto al debate actualmente el
SUTEP.
17. Pero también, hay que encarar la
situación de los maestros y maestras cesantes y jubilados. Aquí sugerimos dos
ejes de debate: decisiones para mejorar sus condiciones de vida y decisiones
para precisar el rol que deberían seguir asumiendo en la educación nacional.
Como hemos dicho, los niños y jóvenes ven en este sector del magisterio su
propio futuro, al tomar opciones para seguir la carrera magisterial.
NUEVA LEY: MÁS ALLÁ DE LA CPM
18. Por todo lo expuesto, pediríamos
que no solamente se pensase en una Ley de CPM, por más retocada que ella fuese.
Hemos dado argumentos teóricos y prácticos, para señalar las limitaciones de
esta opción.
19. Importa, de una vez por todas,
elaborar una Ley de Desarrollo de los Docentes con calidad y pertinencia. Es decir,
un dispositivo-marco que tenga alcance para el sector público y privado, a
partir del cual se puedan establecer regulaciones específicas. En todos los
casos, se estaría buscando asumir la docencia como fin y como medio, pero con
una finalidad específica, práctica y contextualizada: servir a los cambios de
la educación y sociedad.
Dr. Chiroque previo saludo desde Juliaca, lo felicito por su contribución a la educación peruana. Asimismo me permito tomar su artículo para publicarlo siempre respetando la fuente en mi blog que espero también visite http://politicasdeeducacionwilleanroque.blogspot.com la única intención es difundir el tema en debate sobre la ley de la CPM que tiene tan preocupado a la comunidad magisterial. Lo esperamos en Juliaca para sus conferencias sobre cultura investigativa. Saludos.
ResponderEliminarEn la conclusión, debería haber explicitado mejor que hay necesidad de normar la "Carrera Pública Magisterial". Pero, no quedarse solamente en esta normatividad sobre la CPM; pues allí está la limitación. Así se hizo en la vigente "Ley del Profesorado". De allí que la nueva Ley de CPM modifica a la Ley del Profesorado en lo que atañe a la CPM. Es decir, la nueva LCPM acepta que ya la Ley del Profesorado está normando sobre CPM, pero busca reemplazar el enfoque. Por eso, quienes están en la Ley del Profesorado, ya están en CPM pero en otro régimen.
ResponderEliminarLo que intento señalar es que hay que normar sobre CPM, pero esto solamente debe ser parte del normar sobre "desarrollo magisterial integral", resolviendo objetivos nudos críticos y con una teleología definida.
Sigfredo Chiroque
Holas
ResponderEliminardisculpe
ResponderEliminar