domingo, 2 de enero de 2011

REMUNERACIONES DOCENTES: AUMENTO GENERAL, COMO NIVELACIÓN A LAS REMUNERACIONES BÁSICAS.

El pasado 27 de diciembre el Señor Presidente de la República del Perú habló sobre las remuneraciones del docente peruano, diciendo: “El que destaque por sus cualidades, estudio y vocación de esfuerzo debe ganar mucho más y eso estamos haciendo. Pero aumentos generales, eso sólo conduce a la mediocridad y falta de esfuerzo” (1).

El Dr. Alan García ciertamente estaba respondiendo al candidato Alejandro Toledo. Sin embargo, más allá de esta alusión: ¿Tiene validez la argumentación del Señor Presidente?

REMUNERACIONES BÁSICAS Y DIFERENCIALES

1. Debemos admitir que un docente destacado debería “ganar mucho más”. Así lo entendimos quienes participamos en la elaboración del “Proyecto Educativo Nacional al 2021”  (PEN) aprobado por el Dr. García. Pero, esta remuneración “diferencial” se añadía a dignas remuneraciones “básicas” comunes para todos. Dice el PEN, en su Política 11.2, Medida "a":

“a. Sistema remunerativo que considere remuneraciones básicas comunes dignas y remuneraciones diferenciales de acuerdo a las condiciones y cargas laborales que se asignan. En este marco, se debe dar un mecanismo transparente y equitativo de aumentos de remuneración que diferencie los niveles en la carrera magisterial y que respete los ascensos de nivel, siempre en base a los resultados de la evaluación docente” (2).

2. En el PEN, entonces, se distinguen claramente dos tipos de remuneraciones: unas que deben ser BÁSICAS Y COMUNES para todos los docentes; y otras que deben ser DIFERENCIALES y sujetas a evaluación de desempeños, pues deben reflejar efectivamente el esfuerzo personal y colectivo de los docentes.

3. Dentro de la lógica del PEN, las remuneraciones básicas y comunes deben ser DIGNAS. Cualquier aumento general, debe estar referido a estas remuneraciones básicas y comunes y jamás a las diferenciales, pues sería distorsionar la esencia e intencionalidad de estas últimas.

NIVELACIÓN

4. Para el PEN, la Educación debe ser vista al mismo tiempo como “fin y como medio” para el desarrollo humano. Como fin, ella permite que las capacidades innatas de las personas se expliciten plenamente y crezca su condición humana. Como medio, la Educación debería permitir una adecuada interacción con la Naturaleza y con los Demás.

De igual manera y desde un enfoque humanista, la Docencia la deberíamos entender como “fin y como medio”. Como fin, la Docencia debería permitir la plena realización del Sujeto que enseña; y como medio, una adecuada interacción con los Sujetos que aprenden, o sea, los estudiantes. Las remuneraciones básicas y comunes, deberían ser “dignas” al Sujeto que enseña; mientras las remuneraciones diferenciales deberían incentivar una mejor interacción con los Sujetos que aprenden.

5. Las remuneraciones “dignas” deberían referirse a retribuciones que permitan poder vivir con cierta decencia en una familia. Por ello, el referente debería ser el valor de la canasta familiar que está bordeando los 2500 nuevos soles. Cualquier aumento general debería darse en función a estas remuneraciones básicas.

6. Las remuneraciones diferenciales no deberían modificarse sin una rigurosa evaluación de desempeños. Y claro –cuando no se hace esta distinción- los aumentos generales efectivamente pueden generar efectos negativos en el magisterio.

7. Desde septiembre del 2006 –dos meses después del ingreso del actual Gobierno- los docentes peruanos solamente han recibido un solo aumento general de 30 nuevos soles, que ya había sido dispuesto y presupuestado por el Gobierno anterior del Dr. Toledo. Desde esa fecha, el promedio remunerativo de los docentes en servicio (que aún no han ingresado a la nueva Ley de Carrera Pública Magisterial) quedó hasta ahora en unos 1087.29 nuevos soles. El pretexto que se usa es que esta Ley tiene mejoras remunerativas para el magisterio peruano y por ello, hay que ingresar a esta Ley para beneficiarse de los incrementos. Pero, lo que no se dice es que el Reglamento de la nueva Ley de CPM da plazo hasta enero del 2018 para incorporarse a ella. Quienes esperen este plazo estarían condenados a seguir con remuneraciones congeladas hasta esa fecha. ¡Y esto es un absurdo político, social y legal!

8. Durante el actual Gobierno, la mayoría absoluta y relativa de los citados docentes activos han perdido un 10% de su poder adquisitivo (ver Gráfico adjunto). En este sentido, un aumento general a estos docentes de unos 120 nuevos soles lo único que haría sería nivelarlos al poder de compra que tenían para julio del 2006.

                                                                                                      Gráfico Nº 1
Fuente. Acompañamiento mensual del autor


9. Concluimos, entonces, que no es descabellado hablar de un aumento general a los docentes, siempre y cuando dicho incremento no sea sino una alteración de las remuneraciones básicas, buscando que ellas sean “dignas”. En el caso específico de un incremento general de unos 120 nuevos soles, no se trataría sino de una nivelación al poder adquisitivo que se tenía cuando ingresó el actual Gobierno: ¡ni siquiera llegaría a perfilar las remuneraciones básicas dignas, de las cuales nos habla el PEN!
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(1) “La República”, Lima 27 de diciembre 2010.

(2) Resolución Suprema Nº 001-2007-ED: “Proyecto Educativo Nacional al 2021”, pág. 90.



5 comentarios:

  1. Considero importante la evaluación a todos los maestros y maestras, más aún reconocer el gran esfuerzo sobre todo económico de algunos que como yo, durante varios años nos venimos preparando, actualizándonos constantemente, por el bien de nuestros niños y dar lo mejor de nosotros en el aula, sin embargo ahora se pretende sólo considerar una evaluación cognitiva, sin tomar en cuenta el desempeño en el aula, el resultado del trabajo con sus niños, tengo colegas muy cercanos que por su labor en el aula dejan mucho que desear y sin embargo ya están en el cuarto nivel de la carrera pública magisterial, mientras que otros quienes si se merecen no lograron ingresar a la carrera pública.¿Seguirá siendo así?

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  2. Lamentablemente, seguimos sin organizarnos, y pedir lo que nos corresponde.

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  3. Muy bueno y correcto: dos comentarios:

    a) El sueldo promediode 1,087 soles es el bruto o neto. Lo correcto es tomar el bruto y el promedio mensual anual.
    b) El costo de la canasta dudo que sea S/. 2,500 soles. Aun así en promedio en una familia trabajan 1.6 personas. Por tanto el promedio debe sueldo o piso es de alrededor de S/ 2,000.

    Conversemos

    Saludos

    Jorge Oroza M.

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  4. Amigo Jorge:

    Saludos. Me parecen interesantes tus apreciaciones. Sin embargo, haría algunas precisiones.

    Los datos que trabajo corresponden al sueldo neto o "salario presente"; los descuentos que no sean por préstamos o similraes representan el "salario diferido". Por ello, trabajo de propósito con la remuneración neta, porque debe contrastarla con la capacidad ADQUISITIVA actual. La remuneración Bruta considera <"Salario presente> + Salario diferido>" y, por ello, no debería servir para comparar con lo que se gasta AHORA; de allí que no me parece que sea "correcto" lo de cálculo en cuanto a remuneración Bruta. Esto valdría para cálculo de costos sociales en remuneraciones y no gastos individuales.

    Para septiembre del año 2009, el INEI calculó formalmente el valor de la Canasta Familiar (CF) en unos 2200 nuevos soles. De allí estimado que he hecho para 16 meses después.

    Hace unos 10 años hice el cálculo de lo que llamé entonces el Ingreso Familiar Docente (IFD) que no debería confundirlo con el Ingreso Docente (ID). En el primer caso, se consideran todos los ingresos de una familia docente, mientras en el segundo caso solamkente el salario de un/a docente individual. Después del PEN, el ID debo asumirlo como la Remuneración Básica Digna, de la cual nos habla el PEN. ¿Pero como establecer el monto de la remuneración básica DIGNA?

    Comenzamos asumiendo que el IFD efectivamente debería servirme para contrastarlo con la CF, que son egresos familiares versus ingresos familiares. Para establecer el IFD busqué un Índice en base a encuesta realizada por el IPP. Y efectivamente llegamos a establecer en 1.6 el Índice del IFD que debería contrastarse con el egreso familiar (canasta). Actualmente, estoy seguro que es te Índice del IFD se ha modificado.Debe estar por el orden del 1.7 ó 1.8. Siendo así, lo que debería buscar es que el valor del IFD = CF. La fórmula de una digna remuneración docente debería ser: ID = CF - (0.7ID).

    Bueno, amigo, ha sido interesante intercambiar opiniones técnico-sociales-política. Nos seguimos comunicando.

    Sigfredo Chiroque

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    1. Hola. Es necesario hacer una investigacion por parte del Ministerio de Educacion a la eficiencia que dicen tener los Profesores que se encuentran en la Nueva Carrera Magisterial lo cual es pesima y solo ganan bien pero sus productos como docentes es pesima a diferencia de los profesores que ganamos poco y somos discriminados por no haber dado el fraudulento examen queda verguenza.

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