viernes, 3 de septiembre de 2010

ELECCIONES MUNICIPALES Y EDUCACIÓN

En el Perú, estamos en coyuntura de elecciones municipales. El próximo 3 de octubre habrá cambios en los gobiernos locales y privinciales. Muchos docentes se encuentran como candidatos a alcaldes o a regidores en varios lugares del país. Pero más allá de su profesión: ¿Qué dicen los candidatos sobre educación? ¿Cómo se ubican en referencia a la “municipalización de la educación”?

En general, hemos escuchado múltiples promesas referidas al campo educativo. En el caso de Lima, la mayoría de candidatos al Municipio Metropolitano se ha pronunciado a favor de una genérica municipalización educativa “regional”. Sin embargo, no hemos constatado mayores opciones explícitas sobre el gubernamental “Piloto de la municipalización educativa” que se da a nivel distrital. En realidad, la experiencia anda de capa caída. El mismo Discurso Presidencial del pasado 28 de Julio no dijo nada sobre ella, en su recuento de logros.

ENFOQUES DIVERSOS

1. A nuestro modo de ver, la relación “Municipalidades-Educación” tiene tres posibles enfoques:

  • Comunas locales asumen y deciden sobre los resultados educativos y sobre los factores que determinan y/o condicionan esos resultados (a)

  • Municipalidades formales, a nivel distrital, asumen la gestión pedagógica y administrativa de la educación (b); y

  • Municipalidades formales apoyan en el quehacer educativo (c).
2. En el Perú, no hemos tenido experiencias con el primer enfoque (a). Se han concretizado los dos últimos enfoques: (b) y (c). El actual Gobierno postula y trabaja con el segundo enfoque (b), que no es sino la denominada “municipalización educativa” distrital. Analizaremos esta propuesta en una siguiente reflexión.


3. En realidad, la mayoría de la normatividad vigente en el Perú asume el enfoque (e): Las municipalidades deben apoyar al quehacer educativo en sus ámbitos correspondientes. Así lo dicen: la vigente Constitución de la República (Art. 192º y 195º), la Ley de Bases de la Descentralización (Art. 36º y 43º), la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Art. 47º, incisos e,m,s,t), la Ley General de Educación (Art. 66º, 73º, 76º y principalmente 82º), la Ley Orgánica de Municipalidades (Art. 82º), el Proyecto Educativo Nacional (Políticas 26, 27 y 30), etc.


4. Dentro de este enfoque de buscar que las Municipalidades apoyen en el quehacer educativo de su ámbito correspondiente, señalamos unas setenta (70) sugerencias.

5. Una preocupación central de las comunas deberían ser los estudiantes. Así mismo, el mejoramiento en la situación de los docentes, de la comunidad y sus espacios, así como de las instituciones educativas. Desde el espacio municipal, se pueden realizar múltiples tareas como las siguientes, en relación a los cuatro ejes antes mencionados.

NOTA.- Para leer adecuadamente cada cuadro: haga CLIK encima de cada uno de ellos. Leído un cuadro, retorne a situación anterior (usando flecha de retorno) y nuevamente colóquese encima del cuadro y haga clik.



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